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Primera reunión en España de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo

La primera reunión de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo, (CVAFT), convocada  tras la entrada en vigor del Real Decreto 413/2015, de 29 de mayo, que establece la posibilidad de bloquear y examinar operaciones susceptibles de estar relacionadas con la financiación del terrorismo, ha establecido los procedimientos de intercambio de información y cooperación entre las instituciones representadas, así como los criterios que van a regir los bloqueos de carácter administrativo, de fondos y otros recursos vinculados a actividades terroristas contempladas en la normativa vigente.

La CVAFT actuará en íntima conexión con los órganos de prevención del blanqueo de capitales, como el Comité de Inteligencia Financiera, el Comité Permanente y la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias. De esta forma, se refuerza el sistema preventivo de lucha contra la financiación del terrorismo, siguiendo los estándares recomendados por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) y, lo dispuesto en la legislación internacional avalada por Naciones Unidas y la Unión Europea, haciendo especial hincapié en las listas internacionales de personas, entidades y grupos terroristas.

La CVAFT es un órgano colegiado de carácter interministerial, presidida por el secretario de Estado de Seguridad, auxiliado en calidad de secretario de la Comisión, por el director del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO), y a la que acuden como vocales, un representante designado por la Fiscalía General del Estado (fiscal jefe de la Audiencia Nacional),  y por los siguientes Ministerios: Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior (subsecretario), Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y Ministerio de Economía y Competitividad. También forma parte de esta Comisión, el director del Servicio Ejecutivo de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC).

La Ley 12/2003, de 21 de mayo, de Bloqueo de la Financiación del Terrorismo, creó esta Comisión como un órgano con potestad para, entre otras cosas, acordar cualquier bloqueo y ordenar la instrucción de los expedientes sancionadores, atribuyendo al Consejo de Ministros la función de imponer las sanciones correspondientes.


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