A escasos días de declarar “desierto” el concurso internacional para dotar de un avión de transporte a la Policía Nacional del Perú, el Ministerio del Interior (MININTER), vía la Oficina General de Administración y Finanzas (OGAF), ha vuelto a convocarlo.
La adquisición, enmarcada en el Programa de “Adquisición de un Avión por Reposición – Inversión de Optimización. Ampliación Marginal, Rehabilitación y Reposición” – Código 2379484 y que se realizara al amparo de la controvertida Directiva N° 004-2025-IN-OGAF “para contratación con proveedores no domiciliados en el país excluidos de la Ley de Contrataciones Publicas”, dispone de un presupuesto de aproximadamente 65 millones de dólares. Diversos especialistas consultados por defensa.com, apuntan que el concurso (N° 006-2025), además de no estar debidamente reformulado, está claramente direccionado a favorecer al Embraer E175-E1.
Indican que esta nave no es la más adecuada para las necesidades de la Policía Nacional del Perú, pues se trata de una avión comercial de transporte regional, es decir un avión de pasajeros de uso civil, que no tiene capacidad táctica alguna y que no podrá operar en las pistas pequeñas o no preparadas de la vasta geografía peruana. Apuntan además que los parámetros establecidos en el “Anexo N° 6: Mejoras Ofertadas”, como por ejemplo si la nave tiene un techo de servicio superior a los 10.000 m. (33.000 pies), alcanza una velocidad de crucero de 833 km/h (450 nudos) o puede despegar del Aeropuerto de Juliaca, ubicado a 3.825 m. de altura con una carga útil de más de 8.000 kg, favorecen única y exclusivamente al E175-E1.
En el proceso anterior esta aeronave, como informamos hace unos días, estuvo a punto de ganar, siendo descartada por que Embraer “no adjuntó la traducción completa en español de su oferta técnica”. Un “error involuntario” fácilmente subsanable al momento de volver a presentar su oferta en este nuevo proceso sin competidor a la vista, pues el C-295M y el C-27J Spartan fueron descartados en el proceso anterior por “no cumplir con las especificaciones técnicas”.
La propuesta de Airbus Defense & Space con el C-295M, como informamos previamente, fue descartada, por no especificar sus performances operacionales al aterrizar o despegar del Aeropuerto Internacional “Inca Manco Cápac” en Juliaca (Puno), ubicado a 3.825 m. de altura, y por tanto no cumplir con la capacidad de operar en aeródromos o aeropuertos ubicados a más de 4.200 m. de altura, y solo garantizar en caso de falla en un motor, con una carga útil de 6.600 kg o más, poder descender a una altura de seguridad de 5,000 m. y no de 6.000 m.
El C-27J Spartan, ofertado por Leonardo Spa, se desestimó porque no acredito documentariamente que contara con la capacidad para despegar y aterrizar, con una carga útil de 6.700 kg. a más, en aeródromos o aeropuertos ubicados a más de 4.200 m. de altura, y por no precisar si cumple con la capacidad de poder descender a una altura de seguridad de 6.000 m. en caso de falla de un motor. Un argumento que raya en los absurdo, pues la Fuerza Aérea del Perú opera desde 2015 una flota de C-27J Spartan, conformada por 4 aparatos, registran más de 13.000 horas de vuelo sin incidente alguno en todos los aeródromos y aeropuertos ubicados a lo largo y ancho del país. Otra propuesta, presentada por Aero Express FZE (Emiratos Árabes) para suministrar un Antonov An-74 Coaler B, y después un Ilyushin Il-76TDM Candid, fue declarada “no valida” debido a que la naves no eran nuevas de fábrica y no contaban con la correspondiente garantía técnica.
De acuerdo al cronograma del proceso, que será sumamente rápido, tras la fase de absolución de consultas, prevista para realizarse entre el 11 y 14 de octubre, las propuestas técnico-económicas deberán ser presentadas el día 20, dándose a conocer los resultados el 22, debiendo suscribirse el contrato durante el mes de noviembre. Antes de seguir adelante, se espera que quien asuma el Ministerio del Interior tome cartas en el asunto y disponga las medidas necesarias, incluida una revisión por parte de la Contraloría General de la República, para garantizar la transparencia del proceso.






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