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Martes, 19 de marzo de 2024 Iniciar Sesión Suscríbase

La DGAC prohíbe en España las operaciones comerciales a empresas de drones no certificadas

Los drones se han transformado en una realidad que dejó de ser del mundo de la ciencia ficción. Y es que la tecnología de este tipo de aeronaves ha evolucionado a tal punto que, de pasar ser exclusivamente destinado al área militar, hoy se encuentra al alcance de todos, y se ha desplegado con sus pequeñas hélices a un amplio espectro de sectores productivos y de servicios.  Tomando en cuenta su importancia a la hora de operar y la creciente demanda de estos aparatos es que la Dirección General de Aviación Civil española (DGAC), a través de la normativa aeronáutica DAN 119, estableció la obligatoriedad para todos los operadores que realicen trabajos comerciales con RPA/Drones, tales como inspección de activos críticos (red eléctrica), fumigación, servicios topográficos u otros. Es decir, los que incursionen en el área de trabajos aéreos, deberán constituirse como empresa aérea y, por lo tanto, contar con un Certificado de Operador Aéreo (AOC), prohibiendo estrictamente las operaciones comerciales a empresas sin AOC. Leer más


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