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Viernes, 26 de abril de 2024 Iniciar Sesión Suscríbase

Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú desbloquearán las carreteras cortadas por manifestantes

Los Ministerios de Defensa e Interior del Perú han pedido a los manifestantes desbloquear las carreteras de la Red Vial Nacional y evitar enfrentamientos con las Fuerzas del Orden, que actuarán en defensa de la legalidad, en el marco del artículo 137 de la Constitución, los Decretos Legislativos 1186 y 1095, y demás normas vigentes.

Anunciaron, sin dar mayor detalle, que ante esta situación, la Policía Nacional del Perú, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, procederá a efectuar el desbloqueo de las carreteras de la Red Vial Nacional: Carretera Panamericana Sur, Carretera Panamericana Norte, Carretera Central, Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa y el Corredor Vial Interoceánico Sur, que se encuentran declaradas en Estado de Emergencia en virtud al Decreto Supremo 009-2023-PCM del 14 de enero.

En el documento, dado a conocer al promediar las 21 hrs. del jueves 26, se indica que como “es de conocimiento público, diversas carreteras del país permanecen bloqueadas, en un acto ilegal contra la libertad de tránsito que constituye un derecho fundamental, reconocido en nuestra Constitución Política, y que garantiza la facultad de toda persona de transitar por el territorio nacional”, agregando que el Código Penal, en su artículo 200°, tipifica como delito de extorsión a quienes “con violencia o amenaza, toman locales, obstaculizan vías de comunicación, impiden el libre tránsito o perturban el normal funcionamiento de servicios públicos” y establece como sanción entre 5 y 10 años de pena privativa de la libertad. 

Al momento, señalan el MINDEF y el MININTER, que diez personas han perdido la vida como consecuencia de este acto ilegal, han fallecido diez personas, entre ellos un nonato cuya madre no pudo recibir atención médica oportuna en La Libertad, un recién nacido en Puno y un niño de apenas un año de edad en Cusco que tampoco pudieron ser atendidos por los bloqueos de carreteras, puntualizando que “el derecho a la protesta no faculta la obstaculización de vías, ni mucho menos puede superponerse al derecho a la vida de aquellas personas que requieren ser trasladadas para recibir tratamientos delicados como el oncológico o que necesitan que llegue a sus regiones oxígeno y medicinas para seguir viviendo”.


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