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Jueves, 25 de abril de 2024 Iniciar Sesión Suscríbase

La creación de una sociedad estatal naval a costa de los astilleros de la Armada Nacional Uruguaya podría suspenderse por inconstitucional

(defensa.com) El surgimiento de una nueva empresa naval gubernamental en Uruguay, resultante de la propuesta de expropiación de los astilleros del Servicio de Construcciones, Reparaciones y Armamento de la Armada uruguaya, planteada en la presente Rendición de Cuentas presentada por el Poder Ejecutivo al Parlamento, quedaría sin efecto por la inconstitucionalidad de casi la mitad del texto puesto a consideración legislativa. En efecto, mientras el artículo 216 de la Constitución uruguaya expresa que "no se incluirá ni en los presupuestos ni en las leyes de Rendición de Cuentas, disposiciones cuya vigencia exceda la del mandato de Gobierno ni aquellas que no se refieran exclusivamente a su interpretación o ejecución", el  artículo 189 establece que "para crear nuevos Entes Autónomos y para suprimir los existentes, se requerirán los dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara", extremo que no se da, ya que las mismas están divididas prácticamente por mitades, correspondiéndole al oficialismo un diputado y un senador más que a la oposición, por lo que, de ser aprobada esta disposición por mayoría simple, cualquier afectado por la misma podrá recurrirla ante la Justicia con total éxito.
Mientras tanto, nadie asume la paternidad del texto sugerido, aunque algunas partes, además de insinuar claramente que es absolutamente ajeno a la órbita jerárquica militar, sugieren que procedería del entorno de las subsecretarías de Industria, Energía y Minería, junto con la de Economía y Finanzas. (Javier Bonilla)


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