El reclamo del Presidente de Colombia, Gustavo Petro, en relación a la jurisdicción y soberanía de la “Isla Santa Rosa”, situada en la triple frontera de Perú, Colombia y Brasil, genero una contundente respuesta por parte del Gobierno del Perú, vía un comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores (MINRE), en el que expresa “su más firme y enérgica protesta respecto a las declaraciones del Gobierno de Colombia con relación a los derechos soberanos y actos de jurisdicción que ejerce legítima y legalmente el Perú de manera pública y permanente hace más de un siglo sobre la integridad de su territorio nacional”.
El reclamo de Petro reaviva una disputa que se remonta al Conflicto del Putumayo, que enfrento al Perú y Colombia entre el 1 de septiembre de 1932 y el 24 de mayo de 1933, y al Protocolo de Río de Janeiro de 1934. Lo cierto es que el termino correcto es Isla Chinería. El espacio erróneamente denominado “Isla Santa Rosa” por el Presidente Petro no existe.
La “isla” surgió como una división natural de la parte sur de la Isla Chinería, formada por la sedimentación de un brazo del río Amazonas. Es decir, sigue siendo la Isla Chinería, donde está asentado, desde hace varios años, el poblado de Santa Rosa de Yaravi. La posición del Perú al respecto, se sustenta conforme, no solo al Derecho Internacional, sino al Tratado Salomón Lozano de 1922 y la Comisión Demarcatoria de Limites de 1929.
En su comunicado, el Perú aclara que, el pasado 12 de junio, el Congreso de la República aprobó por unanimidad la creación del nuevo distrito de Santa Rosa de Loreto, en uso de las potestades y atribuciones que le confiere la Constitución Política del Perú, y que el 3 de julio último se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Ley N° 32403, cuyo artículo 2 dispone la “creación del distrito de Santa Rosa de Loreto en la provincia de Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, con su capital el pueblo de Santa Rosa”.
Esta circunscripción territorial se encuentra bajo la soberanía y jurisdicción del Perú, de conformidad con los límites políticos internacionales establecidos en el Tratado de Límites y Libre Navegación Fluvial entre el Perú y Colombia, del 24 de marzo de 1922, y los trabajos demarcatorios de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites. El pueblo de Santa Rosa es parte integrante de la isla peruana de Chinería, asignada al Perú por la Comisión Demarcadora de 1929 y que está sometida a su soberanía y jurisdicción nacional, por encontrarse, además, al oeste del límite internacional peruano-colombiano, establecido por el thalweg (línea que conecta los puntos más bajos a lo largo del lecho de un río o arroyo) del río Amazonas hasta la latitud determinada como límite entre Colombia y Brasil, señalada por el Hito 1995-1.
Finalmente, el país apunta que el Protocolo de Amistad y Cooperación entre la República del Perú y la República de Colombia, y Acta Adicional, suscrito en Río de Janeiro, el 24 de mayo de 1934, reafirmó los límites establecidos en el Tratado Salomón Lozano de 1922; acordándose, entre otros aspectos, “la libertad de navegación y de tránsito” entre los territorios fluviales de ambos países en las cuencas del Amazonas y del Putumayo, lo que el Perú cumple rigurosamente.
El comunicado del Ministerio de Relaciones Exteriores peruano fue calificado como “agresivo” por parte del Ministro del Interior de Colombia, Armando Benedetti, quien manifestó que “como esto ya va mal y la cosa se pone fea nosotros podríamos ir a La Haya. Pero ¿qué tal que Perú no vaya? ¿Cómo nosotros recuperamos esta soberanía?”. Agregó, que “no estoy dando un tono de guerra, pero es claro que va a haber una pugna. Nosotros no nos llevamos bien con Perú, no tenemos embajador en Perú, el Presidente que estaba antes está preso sin haber sido llevado a juicio, sin haber sido sentenciado“.
Al mismo, tiempo en medio la creciente tensión, el Ejercito del Perú desplegó un número no revelado de efectivos de la 35ª Brigada de Selva, acantonada en Caballococha, al cuartel militar en Santa Rosa de Yaravi, procediendo poco después a realizar una serie de acciones cívicas y a colocar banderas peruanas con finalidad de reforzar la presencia estatal.






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