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La Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas de Perú asume la responsabilidad de todos los procesos de adquisición

(defensa.com) El diario oficial “El Peruano” publicó el día 7 de septiembre, el Decreto Supremo N° 005-2013-DE del Ministerio de Defensa (MINDEF), mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. La norma, que consta de 5 Títulos y 79 artículos, será  aplicable a los Procesos de Contratación – incluidos los de Gobierno a Gobierno (G2G) que se inicien a partir de su entrada en vigor dentro de 120 días. De acuerdo a la norma, la Agencia de Compras – ente adscrito al Ministerio de Defensa – será la encargada de elaborar el Plan Estratégico de Compras y el Plan Anual de Contrataciones del Sector Defensa, organizar y ejecutar en sus diferentes etapas los procesos de contratación de bienes, servicios, obras y consultorías tanto en el mercado nacional como en el  extranjero, fformular las Directivas y Manuales para los procesos de contratación, desarrollar estrategias de apoyo logístico, lograr la estandarización de las especificaciones técnicas, promover la innovación tecnológica (Programa de Compensaciones Industriales y Sociales – OFFSET) y la investigación científica, así como suscribir convenios de cooperación.  Se precisa que por cada adquisición o contratación se creara un Comité Especial y un Comité de Negociaciones, que se encargaran de emitir los informes técnicos para llevar adelante los respectivos procesos de compras. Las contrataciones a cargo de la Agencia de Compras estarán sujetas a las disposiciones sobre transparencia y acceso a la información pública, fiscalización y control, brindando – a través de su portal institucional – la respectiva información.
La estructura orgánica de la Agencia de Compras estará cargo de un Jefe, designado por Resolución Suprema con el refrendo del Ministro de Defensa, quien deberá contar, entre otros requisitos, con reconocida solvencia económica y moral, así como idoneidad profesional, contar con grado académico en Derecho, Economía, Administración, Ingeniería, Ciencias o carreras afines, no haber sido inhabilitado para contratar con el Estado, no tener participación en personas jurídicas que contraten con el estado y  no haber sido condenado por delito doloso. (Alejo Marchessini, Corresponsal de Grupo Edefa en Lima).


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