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Jueves, 28 de marzo de 2024 Iniciar Sesión Suscríbase

Uruguay reglamenta la Ley de Derribos para proteger su espacio aéreo

“Lo que se pretende  es que se sepa que nuestro espacio aéreo esta protegido, que no es un festín para el narcotráfico y el crimen organizado que elige rutas uruguayas porque sí hay ley de derribo en los países de la región o en varios países de la región. Que se sepa que acá también existe un protocolo de acción que tiene la Fuerza Aérea, que en el último paso prevé la neutralización de la nave”, puntualizó el ministro de Defensa, Javier García.

El gobierno uruguayo aprobó así este viernes el decreto reglamentario de la coloquialmente denominada Ley de Derribo, que establece un mecanismo muy preciso para la protección del espacio aéreo nacional, y que si bien tiene un objetivo disuasivo para ejercer la autoridad y la soberanía aérea, puede llegar a la «interceptación» y «neutralización» de naves que utilicen el espacio aéreo uruguayo en forma irregular, sin responder a advertencias que se realicen.

Según el ministro de Defensa, «es un decálogo muy preciso que establece cuáles son las condiciones de regularidad que tiene una aeronave y todas aquellas, 12 o más de 12, circunstancias que se pueden identificar como irregularidades, no es una lista taxativa, puede ser ampliada, y cómo es el mecanismo para disuadir cualquier tipo de acción que llega desde la interceptación y pedirle que se identifique hasta el paso final que eventualmente es la neutralización». Sostuvo que es un decreto emanado de una ley que tiene una finalidad disuasiva.

El secretario de Estado explicó que en el protocolo «se establece mecanismos muy precisos. Primero , un glosario, una cantidad de definiciones para identificar qué es un vuelo irregular, qué es un vuelo hostil, qué es una aeronave no identificada, es decir, una serie de definiciones para saber de dónde se parte, en el propio decreto. Después establece cuáles son las condiciones, las características no taxativas, puede haber más pero numera 12 características, de un vuelo que esta cometiendo actividades irregulares y después una sucesión de pasos para, una vez identificado ese vuelo irregular, llevar adelante las tareas de persuadir si continua haciendo actividades irregulares, que aterrice, de identificación, de comunicación con la aeronave y eventualmente, ante la amenaza de agresiones por parte de un vuelo de un avión hostil, de que vaya a agredir a un avión de la Fuerza Aérea o que vaya a agredir instalaciones estratégicas del Uruguay, cuáles son los mecanismos para, en última instancia, llevar la persuasión. El hacer disparos que persuadan, eso es una decisión que toma el ministro de Defensa o en último caso, la neutralización o derribo, que es una decisión que toma el presidente de la República con el ministro de Defensa». (Javier Bonilla)


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