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La nueva Agencia de Compras Estratégicas del Sector Interior del Ministerio del Interior del Perú: ¿necesaria?

El Ministerio del Interior del Perú creo mediante la Resolución de Secretaria General N° 045-2023 del 21 de abril pasado, la denominada "Agencia de Compras Estratégicas del Sector Interior". De acuerdo a la norma, que se mantuvo oculta y no fue dada a conocer apropiadamente, dependerá de la Secretaría General del Ministerio del Interior y tendrá la finalidad de lograr una eficiente y transparente compra de bienes, servicios, obras y consultorías, en el mercado nacional y extranjero, que fortalezca la adecuada ejecución de las contrataciones de dicho Sector, en el marco de la normativa vigente y aplicable”.

La Agencia de Compras Estratégicas del Sector Interior estará a cargo de  Rosa Prieto Gómez, quien fue nombrada el pasado día 2 de mayo en calidad de “coordinadora” y no como Jefe como debería corresponder. Su creación generó, como era de esperar, una serie de críticas y cuestionamientos de diversa índole. Diversos especialistas consultados por defensa.com señalan que no será más que una mera “oficina funcional” sin autonomía operativa, económica o administrativa, y mucho menos presupuesto y personal calificado, desconociendo cuando entraría en funciones.

Se encargará, entre otros, de: 1) elaborar el Listado de Contrataciones Estratégicas , que involucra al MININTER y a la Policía Nacional del Perú, 2) realizar alguna o todas las etapas de los procesos de contratación en el Mercado Nacional y Extranjero , así como las contrataciones de Estado a Estado, 3) elaborar y proponer directivas, manuales u otros instrumentos análogos, para los procesos de contratación, 4) proponer estrategias de apoyo logístico de las compras estratégicas, 5) proponer la homogeneización y estandarización de las especificaciones técnicas de los bienes y los términos de referencia de los servicios objeto de las contrataciones, 6) implementar los mecanismos de reserva y secreto en las contrataciones, 7) proponer la conformación de los Comités Técnicos Especializados encargados de determinar las características homogeneizadas de los bienes y servicios y 8) las demás funciones que le asigne la Secretaría General, en el ámbito de su competencia.

Expertos apuntan que una norma de menor nivel, como es la Resolución de Secretaria General N° 045-2023, disponiendo que se centralicen las compras de las entidades del MININTER bajo la figura de “Compras Estratégicas” en la Secretaría General del Ministerio, no puede contravenir lo dispuesto en la Ley Nº 30225: Ley de Contrataciones del Estado, que en su artículo 6 dispone que “la organización de los procesos de contratación es facultad de las Entidades del Estado, al tener independencia administrativa, económica y financiera, ejecutando sus presupuestos por sí mismas cuando deban proveerse de bienes, servicios y obras”.

Más aún, su creación era innecesaria, pues la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas (ACFFAA), creada mediante Decreto Legislativo N° 1128 del 7 de diciembre de 2012, contempla en el Artículo 3: Ámbito de Competencia la opción para realizar, en la modalidad de por encargo, las adquisiciones que requiera el Ministerio del Interior o la Policía Nacional. Bastaba un simple convenio  para integrarlos a la esfera de competencia de la ACFFAA, la cual sí tiene la facultad de intervenir en las diversas etapas del proceso de contratación.  


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