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Martes, 23 de abril de 2024 Iniciar Sesión Suscríbase

Promulgada en Perú la Ley de Ciberdefensa

Se promulgo la Ley de Ciberdefensa (Ley Nº 30999), que establece el marco normativo en materia de ciberdefensa del Estado peruano, regulando las operaciones militares en y mediante el ciberespacio a cargo de los órganos ejecutores del Ministerio de Defensa dentro de su ámbito de competencia. La norma, que comprende 14 artículos y 5 disposiciones complementarias, define como finalidad la de “defender y proteger la soberanía, los intereses nacionales, los activos críticos nacionales y recursos claves para mantener las capacidades nacionales frente a amenazas o ataques en y mediante el ciberespacio, cuando estos afecten la seguridad nacional”.

Por otro lado, se señala que “la planificación y ejecución de las operaciones de ciberdefensa a cargo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas responde al mandato conferido en la Constitución Política del Perú, así como al cumplimiento de las responsabilidades asignadas en las leyes que regulan su naturaleza jurídica, competencias, funciones y estructura orgánica, las disposiciones contenidas en la presente ley, y los tratados y acuerdos internacionales de los que el Perú es parte y resulten aplicables”, y que “el uso de la fuerza por la Fuerzas Armadas en y mediante el ciberespacio se sujeta a las disposiciones contenidas en el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas está regido por las normas del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario que sean aplicables”.

El texto recalca que “toda amenaza o ataque en y mediante el ciberespacio que ponga en riesgo la soberanía, los intereses nacionales, los activos críticos nacionales y recursos claves para mantener las capacidades nacionales, da lugar al ejercicio del derecho de legítima defensa, y que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA) está “a cargo de la ciberdefensa de los activos críticos nacionales y recursos claves, cuando la capacidad de protección de sus operadores y/o del sector responsable de cada uno de ellos y/o de la Dirección Nacional de Inteligencia sea sobrepasada, a fin de mantener las capacidades nacionales, en el ámbito de la seguridad nacional”. Finalmente, la norma establece la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación con el Ministerio de Defensa, deberá aprobar el reglamento de la ley de ciberdefensa, en un plazo máximo de 90 días. (Alejo Marchessini, Corresponsal de Grupo Edefa en Lima)


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