¿Desea recibir notificaciones de www.defensa.com?
X
Miércoles, 24 de abril de 2024 Iniciar Sesión Suscríbase

El Polémico Manual de Contrataciones de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas del Perú

El Manual de Contrataciones en el Mercado Extranjero MAN-001-2015-ACFFAA-v3 emitido por la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas el pasado 31 de agosto está generando, de acuerdo con información extraoficial, polémica y cierto malestar en las Fuerzas Armadas, que incluso habría motivado que estas, a través de sus respectivos Comandantes Generales, manifestarán su preocupación al Ministerio de Defensa. Trascendió que la versión 2 estipulaba, en el caso de contratación de bienes, que “la invitación estará dirigida preferentemente al fabricante y si el estudio de mercado así lo considera a distribuidores, entidades gubernamentales o empresas autorizadas o acreditadas por el fabricante”.

En cambio, la nueva versión señala que “para el caso de contratación de bienes, la invitación estará dirigida al fabricante o fabricantes de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, así como a sus empresas autorizadas o acreditadas como representantes. Asimismo, deberá ser dirigida a distribuidores o proveedores de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria, entidades o empresas gubernamentales”. Esta modificación, según diversas fuentes consultadas, abre la puerta para que cualquier empresa que no esté autorizada por el fabricante pueda entrar a un proceso de contratación y resultar ganador. Un claro y muy reciente antecedente, ocurrió con la adquisición de un lote de repuestos para los Mi-171Sh-P de la Aviación del Ejército (Contratación al Extranjero Nº 12-2017) por un monto de 830.000 dólares, que había sido otorgada a Rukh Aeropower Corporation (Miami, Florida), y que tuvo que ser declarada “nula” porque la empresa no contaba con las certificaciones y autorizaciones de los fabricantes rusos.

Otro aspecto cuestionable se refiere a los factores de evaluación. La versión 2 consideraba entre un 70% y 80% al factor técnico (debido principalmente a la complejidad de los Sistemas de Armas y Electrónica de carácter estratégico) y un 30% al económico. Extrañamente, la versión 3 determina que para efectos del cálculo del puntaje total en un proceso, el valor del factor económico sea igual al técnico. Esta modificación tendería a beneficiar a empresas con poco o nula experiencia, lo que podría impedir que las Fuerzas Armadas adquieran equipos, repuestos y materiales de calidad. Finalmente, la versión 3 reduce y reformula los factores de evaluación aplicables de once a solo cinco: a) plazo de entrega y/o ejecución de la prestación, b) Garantía comercial y técnica, de ser el caso, c) mejoras a los requerimientos técnicos mínimos, de corresponder, d) experiencia del postor y e) condición del postor. Otros factores como la capacitación, soporte y transferencia tecnológica ya no son considerados.


Copyright © Grupo Edefa S.A. Prohibida la reproducción total o parcial de este artículo sin permiso y autorización previa por parte de la empresa editora.