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Modificado el reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas españolas

(defensa.com) El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas. Las modificaciones afectan al concurso en los procesos de selección por concurso-oposición y a los requisitos generales y por razón de edad que han de reunir los aspirantes para participar en los procesos de selección para cursar las enseñanzas de formación.

Las modificaciones que se introducen son, informa el Gobierno, producto del análisis de los resultados de los procesos de selección del año 2013, así como de los de años anteriores, y afectan a la incidencia del concurso en la puntuación final máxima para ingreso a las escalas de tropa y marinería, que fija un límite máximo del 30 por 100. Actualmente, en los procesos de selección por la forma de ingreso la incidencia del concurso en la puntuación final máxima no puede superar el 10 por 100. La prueba de aptitudes, examen único puntuable, supone el 90 por 100 de la puntuación final, porcentaje que se estima excesivo.

El número máximo de convocatorias a las que los aspirantes pueden presentarse se amplía en dos nuevas convocatorias extraordinarias, que se añaden a las tres ordinarias actuales.

La modificación del requisito específico de edad, se establece en los siguientes términos:

a) Para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:
• Ingreso directo sin titulación universitaria: pasa de veinte a veintiún años.
• Ingreso directo con titulación universitaria previa: se mantiene en veintiséis años, excepto los que aporten titulaciones de grado universitario igual o superior a 300 ECTS (sistema de transferencia de créditos), que se establece en veintisiete años.
• Ingreso por promoción sin titulación universitaria previa: se mantiene en 31 años, excepto para la especialidad fundamental Vuelo del Cuerpo General del Ejército del Aire, en que se fija una edad máxima de veinticuatro años.

b) Para incorporarse a las diferentes escalas de oficiales de los Cuerpos de Intendencia y de Ingenieros del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas:
• Ingreso directo sin exigencia previa de titulación universitaria al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina: pasa de veinte a veintiún años.
• Ingreso por promoción al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, con, al menos, 120 ECTS superados del título de graduado en Medicina o, en su caso, 160 créditos del de Licenciado en Medicina: nuevo supuesto para el que se fija una edad máxima de veintisiete años.
• Ingreso directo con titulación universitaria previa: pasa de treinta a treinta y un años.
• Ingreso por promoción con titulación universitaria previa: pasa de treinta y cinco a cuarenta años.


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