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El largo y tortuoso camino para dotar a la Brigada Paracaidista del Ejército con nuevos Vehículos Especiales Aerolanzables

(defensa.com) A escasos días del vencimiento del plazo de ejecución, el  próximo 29 de diciembre, del concurso promovido por la Jefatura de Asuntos Económicos del Mando de Apoyo Logístico del Ejército de Tierra para adquirir una veintena de  Vehículos Especiales Aerolanzables (VEAs), por un valor estimado de 2.412.800 euros,  se mantiene un inexplicable silencio sobre sus conclusiones.

Tras el acto público de presentación de propuestas el pasado mes de junio de las dos empresas ofertantes, Quatripole y Equipos Industriales de Manutención SA (EINSA), cuya oferta económica hemos confirmado es un 20 por ciento más económica y que lograría de esta forma una ventaja de más de 45 puntos según los criterios objetivos de valoración, sigue sin comunicarse ninguna resolución respecto del procedimiento.

Aunque el expediente de contratación, con número 20911 2013 0051 00, que se publicara por vez primera el 5 de diciembre de 2013, no especificara a la Brigada de Infantería Ligera Paracaidista (BRIPAC) del Ejército de Tierra como el destinatario final de los VEAs, este es su objetivo. La Almogávares VI está dotada actualmente con los Q-150D de la empresa Quatripole Ingeniería, basados en la mula mecánica Fox de la ya desaparecida SPA.

Un año de procedimiento y recursos

Según se desprende de la información disponible a través de la plataforma de contratación del estado, el procedimiento de contratación ha pasado a lo largo de este año por diferentes etapas como consecuencia de las alegaciones presentadas por Einsa a los pliegos, al considerar que presentaban numerosas irregularidades. El primer recurso se presentaba el 24 de diciembre de 2013,  19 días después de la  publicación del procedimiento de  “Adquisición de Vehículos Especiales Aerolanzables” convocado por la Jefatura del Mando de Apoyo Logístico del Ejército y  cuyo anuncio se publicaba en el Diario Oficial de la Unión Europea  el  6 de diciembre de 2013 y en el BOE del  14 del mismo mes, con fecha límite para la presentación de ofertas y solicitudes de participación el 15 de enero de 2014.

El 17 de enero de 2014,  el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, concedía la suspensión provisional del procedimiento de contratación en respuesta a la solicitud presentada por Einsa contra los pliegos del procedimiento. En esencia, lo que la compañía consideraba era que “la extensión y complejidad de los pliegos definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato  hacía imposible formular la oferta en el plazo de cuarenta días previsto al efecto”. Así mismo, su recurso señalaba que los pliegos incurrían en falta de claridad y transparencia en la redacción y de arbitrariedad, “suponiendo una restricción a la libre concurrencia y causando indefensión”.  Además se cuestionaba la utilización del Acuerdo Marco dado que, a su juicio, no existía justificación suficiente para su utilización.

Tras el intento de la Jefatura de Asuntos Económicos del MALE de proseguir con el procedimiento mediante una “Resolución interpretativa y de error material” de algunas de las cláusulas impugnadas, el TACRC en fecha 21 de Marzo acuerda, en contra de la intención de la Jefatura del MALE, que se “hace necesaria la retroacción de las actuaciones al momento de redacción de los pliegos en los que debe plasmar las modificaciones ordenadas por la resolución nº86/2014 de este Tribunal (….)”. Se da por tanto anulado el procedimiento mediante la resolución del JAEMALE de fecha 27 de Marzo de 2014.

Pareció en ese momento, dada la intención de subsanar los defectos en los Pliegos por parte del JAEMALE mediante “Resolución interpretativa y de error material”, que este expediente era del máximo interés y de urgencia para el Ejército de Tierra y que la resolución del TACRC venía a provocar una dilación en el mismo completamente innecesaria e inconveniente. Este punto hace más incomprensible el absoluto mutismo existente en el procedimiento de contratación al que nos referimos.
Finalmente, el 23 de abril, la Plataforma de Contratación de la Administración publicaba los pliegos corregidos, licitando un Acuerdo Marco para la contratación de hasta 29 Vehículos Especiales Aerolanzables (VEA en nomenclatura del Ejército) informalmente conocidos como “mulas” y con plazo de ejecución fechado el próximo 29 de diciembre.

El 7 de mayo, Einsa remite un escrito a la Jefatura de Asuntos Económicos del Mando de Apoyo Logístico solicitando información adicional a los pliegos que rigen la licitación del expediente de contratación pública y planteando hasta 16 cuestiones. El 23 de ese mismo mes, el Órgano de Contratación publicó en la Plataforma de Contratación del Estado la aclaración a la información adicional. Sin embargo, considerando la empresa que determinadas preguntadas habían quedado insuficientemente aclaradas y que en otras se omitía facilitar aclaración, mediante un  escrito  de fecha 2 de junio se reitera al Órgano de Contratación aclaración sobre varias cuestiones. 26 días después el MALE inició la fase de pruebas de los vehículos propuesto por los ofertantes: Einsa y Quatripole.

Requisitos del Vehículo  Especial Aerolanzable
Dada su movilidad, este tipo de vehículos son idóneos para ser desplegados en misiones internacionales mediante aeronaves ligeras y operar donde no existen instalaciones próximas que permitan el aterrizaje de aviones pesados. Por ello es frecuente verlos operando en misiones humanitarias o de estabilización, por ejemplo en África recientemente. Por sus características y configuración están destinados a realizar misiones peligrosas o complejas, como llevar suministros a las unidades que están combatiendo, abastecer las bases avanzadas desde las zonas de lanzamiento o aterrizaje. Asimismo pueden realizar evacuaciones de bajas desde primera línea a zonas donde los helicópteros médicos puedan recogerlas. Otras posibles misiones serían la limpieza de minas si se instalan equipos adecuados, y de acompañamiento con armas pesadas (ametralladoras de 12,70 mm, cañones de pequeño calibre o misiles).

La licitación del MALE determinó que el precio máximo de cada vehículo será de 83.200 euros sin impuestos y entre los requisitos técnicos destaca el que puedan ser lanzados en paracaídas desde los aviones C-130 Hércules del Ejército del Aire. Deberá poder ser transportado en la bodega de carga de los  aviones C-130, C295 y A400M, en los  CH-47 dentro o mediante eslinga y mediante este último método en los Cougar del Ejército de Tierra.

Su velocidad ha de ser, al menos, de 50 km/h, una autonomía de 500 km. su tara será menos o igual de 2.400 kg., pudiendo portar una carga de 650 kg. o hasta seis personas, dos en el módulo tractor y cuatro en la plataforma de carga. Además deberá poder operar en condiciones todo terreno y condiciones extremas como barro, arena o nieve y disponer de un afuste que permita la instalación de diferentes armas como una ametralladora pesada, un lanzagranadas automático de 40 mm, , misiles anticarro TOW o Spike y un lanzador de misiles antiaéreos Mistral.

El hermético silencio, en suma, por parte de la Jefatura de Asuntos Económicos del MALE al expediente de licitación que pretende dotar a la BRIPAC de nuevos vehículos no parecería tener demasiada consistencia ni explicación, ni por el interés táctico de los mencionados vehículos ni por el modus operandi del JAEMALE a lo largo de este proceso de contratación.


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