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Jueves, 28 de marzo de 2024 Iniciar Sesión Suscríbase

El tráfico aéreo comercial en Gibraltar según el tipo de Brexit

En noviembre de 2018, la Unión Europea (la UE) y el Reino Unido acordaron los términos de un Acuerdo de Retirada con las provisiones para una retirada ordenada del Reino Unido de la Unión Europea. Gibraltar forma parte de ese acuerdo. El Acuerdo incluye un periodo de transición hasta el final de 2020. Este periodo de transición también se aplicaría a Gibraltar. El Acuerdo ha sido extensamente debatido y sometido a votación, pero todavía se encuentra sujeto a la ratificación del Parlamento británico y el Parlamento Europeo. Entretanto, el Gobierno de Gibraltar continúa haciendo planes para el caso de que el Reino Unido y Gibraltar abandonen la Unión Europea sin dicho Acuerdo.

El Gobierno de Gibraltar  ha querido informar de las medidas que está adoptando para el caso de que el Reino Unido y Gibraltar abandonen la UE sin un acuerdo el 29 de marzo de 2019. El Aeropuerto de Gibraltar sirve a vuelos entre Gibraltar y el Reino Unido, así como a vuelos entre Gibraltar y Marruecos. Los primeros se consideran vuelos domésticos, puesto que , informa el Gobierno, el Reino Unido firmó la Convención sobre Aviación Civil Internacional (la “Convención de Chicago”) en representación de sí mismo, las Dependencias de la Corona y los Territorios de Ultramar, incluyendo a Gibraltar. Como Estado Miembro de la UE, el Reino Unido forma parte del mercado interno de servicios aéreos. Como tal, los vuelos entre el Reino Unido y Gibraltar operan en base a la normativa comunitaria, que permite la libre circulación de vuelos en el espacio aéreo de la UE sin necesidad de obtener permiso por adelantado de autoridades nacionales individuales.

Los servicios entre Gibraltar y Marruecos funcionan en base a un Acuerdo de Servicios Aéreos firmado entre la UE y Marruecos. Gibraltar forma parte de este Acuerdo. En caso de que el Acuerdo de Retirada sea aprobado y entre en vigor, el status quo continuaría hasta el final del periodo de transición – es decir el 31 de diciembre de 2020.

En el caso de que no se alcance un Acuerdo de Retirada, es decir, un Brexit sin acuerdo, para minimizar las perturbaciones del tráfico aéreo, la UE se encuentra en el proceso de adoptar una medida que permitiría a los operadores aéreos británicos sobrevolar el territorio de la UE sin aterrizar y realizar paradas en la UE para propósitos relacionados con el tráfico y no relacionados con el tráfico.

Como tal, durante el periodo estipulado por la legislación propuesta, los operadores aéreos británicos podrían sobrevolar el territorio de la UE hasta Gibraltar de manera normal, del mismo modo que podrían sobrevolar el territorio de la UE con dirección a cualquier otro tercer país. De modo similar, las aeronaves británicas que necesitasen desviarse al Aeropuerto de Málaga, por no ser capaces de aterrizar en el Aeropuerto de Gibraltar, podrían continuar haciéndolo. El principio del derecho de sobrevuelo y el derecho de desvió se encuentran recogidos en el Acuerdo sobre Transporte Aéreo Internacional (IASTA).

En preparación para la salida de la UE del Reino Unido y Gibraltar, el Reino Unido ha negociado un Acuerdo de Servicios Aéreos con Marruecos. El Acuerdo, que entrará en vigor el 29 de marzo de 2019 en el caso de que se produzca un Brexit Sin Acuerdo, ha sido extendido para incluir los vuelos hacia y desde el Aeropuerto de Gibraltar. Por lo tanto, los vuelos operados entre Gibraltar y Marruecos serían capaces de continuar de manera normal, incluso en el caso de que se produjese un Brexit Sin Acuerdo.

Por otro lado, como parte de los preparativos para el caso de un Brexit Sin Acuerdo, el Gobierno se ha asegurado de que la legislación de Gibraltar mantendrá las Normativas de Seguridad de la UE. Por lo tanto, los pasajeros del Aeropuerto de Gibraltar no observarían ningún cambio en los actuales arreglos de seguridad. Los actuales arreglos de seguridad continuarían aplicándose al correo, carga/fletes, animales vivos y correo de mensajería transportados en la bodega de las aeronaves. Para los pasajeros de vuelos entre el Reino Unido y Gibraltar, tras el 29 de marzo de 2019 se aplicarían los mismos derechos de pasajeros que se aplican hoy en día, puesto que la legislación británica mantendría la legislación sobre derechos de pasajeros de la UE para pasajeros que viajasen en aerolíneas británicas.


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